La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) continúa realizando los pagos correspondientes al cuarto mes del año. En este contexto, mientras las empleadas domésticas aun esperan un aumento en sus haberes, el organismo anunció un beneficio para un grupo específico en el mes de abril.
En esta ocasión, a través de la página web oficial, Anses les recordó a un grupo de empleadas de casa particulares que pueden solicitar el acceso a una prestación en 2025. Según el sitio, "el personal de casas particulares desempeña tareas de: limpieza, mantenimiento u otras actividades del hogar, asistencia personal, acompañamiento y cuidado no terapéutico de personas enfermas o con discapacidad”, pueden acceder al beneficio de la Asignación por Maternidad. Ese beneficio tiene como objetivo garantizar los ingresos de las personas embarazadas que trabajan en relación de dependencia.
Asimismo, el organismo detalló los requisitos que deben cumplir las empleadas domésticas y los trámites que deben llevar a cabo para la obtención del beneficio.
Requisitos para solicitar la Asignación por Maternidad
Para acceder a la Asiganción por Maternidad, la trabajadora debe cumplir con una serie de requisitos. Entre ellos Anses detalla:
- Tener 12 semanas de gestación o más.
- Tener al menos 3 meses de antigüedad en el empleo.
Asimismo si la trabajadora es de temporada, debe estar trabajando en el momento de solicitar la licencia por Maternidad.
Documentación necesaria para solicitar la Asignación por Maternidad
Para dar inicio al tramite de obtención de la licencia por maternidad, la empleada domestica debe contar con la siguiente documentación:
- El formulario Declaración Jurada Maternidad Servicio Doméstico (PS 2.75) (rubros 1, 2, 3, 4, 5 y 6).
- La constancia de “Alta de Personal de Casas Particulares”.
- El formulario F.102/RT, “Volante de Pago Trabajador de Casas Particulares, Aportes y Contribuciones”. En caso de no tenerlo se puede llevar el recibo de sueldo.
Cabe recordar, que la empleada doméstica puede llevar una nota del empleador, con carácter de declaración jurada, en lugar de completar el rubro 4 del formulario. Dicha nota debe tener la fecha de notificación del diagnostico, el certificado médico firmado con el nombre y el DNI.
Por su parte, la constancia solicitada, se emite a través del portal de Casas Particulares de ARCA, al que se accede ccon CUIL y Clave Fiscal.
El trámite se puede realizar de manera online a través de la pagina web de Anses o bien de manera presencial, solicitando turno en alguna de sus oficinas. Antes de comenzar el proceso online es necesario revisar y corregir, si es necesario, los datos personales y vínculos familiares de Mi Anses.
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Cuánto cobran las empleadas domésticas por hora en abril
Los montos de los salarios de las empleadas domésticas por hora, se encuentra detallado según las distintas tareas:
Supervisor/a:
- Con retiro: $3.454 por hora / $430.878 mensuales.
- Sin retiro: $3.783 por hora / $479.950 mensuales.
Personal de tareas específicas:
- Con retiro: $3.270 por hora / $400.310 mensuales.
- Sin retiro: $3.585 por hora / $445.613 mensuales.
Caseros:
- $3.089 por hora / $390.567 mensuales.
Asistencia y cuidado de personas:
- Con retiro: $3.089 por hora / $390.567 mensuales.
- Sin retiro: $3.454 por hora / $435.246 mensuales.
Personal para tareas generales:
- Con retiro: $2.863 por hora / $351.223 mensuales.
- Sin retiro: $3.089 por hora / $390.567 mensuales.
Cómo cobran las empleadas domésticas el 3 de abril
El 3 de abril fue el Día de las empleadas domésticas y se lo considera día no laborable.
Cabe aclarar que no es lo mismo un día no laborable que un feriado nacional. Si se trata de un día no laborable, queda en manos del empleador decidir si se da o no el asueto. En caso de convocar a la empleada, estas percibirán el salario simple.
De esta forma, si el 3 abril la empleada domestica no trabajó, la misma debe recibir su salario habitual, sin descuentos. En cambio, si según la decisión de su empleador, la empelada tuvo que trabajar, el mismo debe pagarle el doble de su salario diario, ya que se aplica un recargo del 100%.
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