El gobierno de Santa Fe busca sellar un viejo anhelo: cobrarles Ingresos Brutos a las plataformas de servicios digitales del exterior. A través del proyecto de ley tributaria 2025 se proponen modificaciones en los gravámenes para que aquellas empresas radicadas en el exterior que brinden servicios en el país, por ejemplo de entretenimiento, como Netflix, Spotify y Uber, entre otras, tributen un 3% en la provincia.
“Queremos ser ecuánimes. Hoy los servicios digitales provistos dentro del país están tributando, mientras que aquellos provistos desde el exterior no. Por lo tanto, hay una desventaja”, enmarcó el anuncio el ministro de Economía de Santa Fe, Pablo Olivares, en la presentación de la ley tributaria 2025.
Luego, el ministro detalló que se incorporará la figura de servicios digitales, que pagará 3%, un porcentaje por debajo del tributo general. Actualmente, aquellas empresas radicadas en el país tributan 4,5% y, si se aprueba la ley, pagarán 3%. Mientras que aquellas que dirigen la actividad desde el exterior, sin domicilio en el país y que hasta ahora no pagan un peso de ingresos brutos, deberán tributar 3%.
Santa Fe va por Mickey
“Le vamos a cobrar a Mickey y no a Patoruzú, a Uber y no a los taxis”, decían con ironía en el gobierno provincial en alusión a las plataformas estadounidenses de streaming y transporte, y a la industria cultural nacional y los taxis, que podrán tomar un crédito fiscal del 100% del Impuesto sobre Patentes.
En total se facturarían unos 2.500 millones al año por el cobro a servicios digitales. En definitiva, el que va a pagar ese porcentaje será el consumidor, como ya hace con el IVA, ya que se descuenta que la empresa digital lo cargará al valor final.
Por eso el gobierno aprovecha la amplia discusión tributaria, que tiene dentro dos tanques como la adhesión al blanqueo de capitales y al Régimen de Incentivo a Grandes Inversiones (Rigi), para incorporar este gravamen.
Uno de los fundamentos para el cobro es que el 35% de los ingresos aplicados a las plataformas audiovisuales (Netflix, Prime, HBOy Disney, entre otras) se destinarán al Fondo Provincial de Fomento a la Actividad Audiovisual que se busca crear con la llamada ley de cine, aún sin tratamiento legislativo. De alguna forma contrasta con el gobierno nacional, que va en camino contrario al interés de la industrial del cine local.
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El subsecretario de IIBB, Florencio Galíndez; los ministros de Economía de Santa Fe, Pablo Olivares, y de Desarrollo Productivo, Gustavo Puccini, y la titular de la API, Daniela Bosco, en la presentación de la tributaria 2025.
"Cabe resaltar que el treinta y cinco por ciento (35%) de lo que se recaude del impuesto a los servicios digitales audiovisuales será destinado al desarrollo de las industrias de base cultural de la provincia. Esta disposición busca fomentar el crecimiento de sectores culturales locales, incentivando la creación de contenidos, productos y servicios que fortalezcan la identidad cultural provincial, al tiempo que se garantiza un uso responsable y estratégico de los recursos fiscales generados por el consumo de entretenimiento digital", sostiene el proyecto de ley.
¿Cómo se cobra?
Para el cobro, se declara agente de percepción a las tarjetas de crédito y los medios de pago por los cuales el consumidor abona el servicio. Se debitará el monto en proporción a la tarifa, como se hace con el IVA, por ejemplo del viaje que se pague con Uber o el valor mensual de la plataforma.
De hecho, Mercado Pago tiene como información al cliente el gravamen cobrado por las provincias. "Si vivís en Caba, Bs As, Córdoba, La Pampa, Río Negro, Salta, Chaco, Neuquén o Tierra del Fuego, cada vez que hagas un pago en moneda extranjera con tu tarjeta prepaga Mercado Pago te cobraremos el impuesto a los ingresos brutos a los servicios digitales del exterior que corresponda según tu provincia".
De esas provincias, Córdoba cobra 3% desde 2018, ciudad y provincia de Buenos Aires 2% desde 2019, Río Negro 5% y, la que más gravó, es Chaco, con 5,5% desde 2020.
Se trata de una discusión de larga data en Santa Fe, que nunca pudo hacer pie. En 2017, la Legislatura aprobó un proyecto del diputado socialista Rubén Galassi, que le permite al estado provincial cobrarles Ingresos Brutos a empresas de entretenimiento en internet. Puntualmente se apuntaba a Netflix, que era de las pocas plataformas masivas. La iniciativa se incorporó al Código Fiscal.
Pero no hubo forma de cobrarle a Netflix porque no tiene presencia local y las tarjetas de crédito decían que no podían funcionar como agentes de retención. En ese marco, la Afip entró en acción. Como no podía cobrarle IVA a la plataforma, la agencia recaudadora declaró al usuario responsable sustituto de la obligación fiscal del operador del exterior. Ahí había una ventana.
Omar Perotti también intentó a su modo cobrar Ingresos Brutos y no lo logró, y recién ahora puede llegar a avanzar en firme. La diferencia es que el cambio en la norma pone en un pie de igualdad a prestadores que están en el país con los que no, indicando específicamente que están alcanzados. Con esa definición, permite avanzar en el cobro a partir del consumidor, a través de las tarjetas como agentes de percepción.