La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) trabaja constantemente y recibe denuncias sobre productos de todo tipo . En este caso, el organismo encontró irregularidades en una serie de condimentos alimenticios y tomó medidas en consecuencia.
Según detalla la disposición 2349/2025 de Anmat, queda prohibida la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en plataformas de venta en línea de los productos: “Laurel, Romero, Albahaca, Pimienta Blanca, Negra y Nuez Moscada; marca Rocío; RNE: 14001856; RNPA: 14026785; Elaborada por Adrián Romero; Carcaraña 456, Córdoba” en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento.
La medida sobre estos productos fue tomada a raíz de su carencia de registros de establecimiento y de producto, así como por estar falsamente rotulados al utilizar números de RNE y RNPA inexistentes. En consecuencia, estos se consideran productos ilegales.
Sin registros ni rótulos, Anmat no puede acceder a información fiable con respecto a las condiciones de elaboración y manipulación del alimento, por lo que no puede garantizar que estas sean las adecuadas. Para proteger la salud de los ciudadanos, el organismo decidió retirar el producto del mercado y recomienda a la población evitar su consumo en cualquier caso.
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Cómo llegó la Anmat a estos productos
Las actuaciones se iniciaron a partir de una notificación proveniente de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAL), a través de un incidente federal del Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria (SIVA) del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA), en relación con los productos que no cumplían con la normativa alimentaria vigente.
En un procedimiento de vigilancia, fue la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria la que detectó la comercialización de los productos de la marca Rocío y procedió a la toma de una muestra para su análisis, con el propósito de verificar su origen.
Para verificar la proveniencia del rótulo, la ASSAL también se comunicó con la División de Alimentos, Agua y Laboratorio de la provincia de Misiones. Tras consultar por los registros exhibidos en el rótulo de los productos, el organismo misionero confirmó que los registros utilizados son inexistentes.
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Asimismo, en tanto el rótulo apuntaba a un domicilio de la Ciudad de Córdoba, el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) realizó otra consulta a la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de dicha provincia. Aunque el objetivo era corroborar la existencia de un establecimiento registrado en el domicilio declarado, el organismo cordobés aseguró que no se encuentran registros con tales datos.
Después del minucioso rastreo, Anmat entendió que se trataba de un producto ilegal, que además está en infracción por carecer de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado.