En el último año, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca), ex Afip, llevó a cabo un conjunto de modificaciones y restricciones para garantizar un control más estricto sobre las operaciones financieras y las declaraciones de ingresos. Recientemente, a través de la resolución general 5512/2024, puso en marcha una modificación en relación con la fiscalización de transferencias de dinero entre cuentas de la misma persona.
Dicha resolución detalla que los bancos y las billeteras virtuales ahora tienen la tarea de reconocer los consumos que superen ciertos montos y deben reportarlos frente a Arca. Cabe tener en cuenta que los umbrales se ajustan cada seis meses según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Indec. Ahora bien, es necesario tener en cuenta estos cambios y nuevos limites de transacciones ya que sus superaciones pueden provocar sanciones que incluyen multas económicas, bloqueos de cuentas y reportes a la Unidad de Información Financiera (UIF).
Asimismo, con el objetivo de implementar una vigilancia mas estricta frente a operaciones bancarias que sean irregulares o no tengan el respaldo necesario, la entidad junto con el Banco Central de la República Argentina (BCRA), Arca informó que serán suspendidas las cuentas "no confiables".
Cuáles son los limites en transferencias según Arca
Los limites fijados por Arca que pueden dar lugar a reportes frente al organismo son:
- Transferencias que superen los $600.000 entre cuentas propias. Las mismas involcuran transferencias bancarias o a tarevs de billeteras virtues, consumos o movimeitnos.
- Saldos mensuales en cuentas bancarias o billeteras virtuales iguales o mayores a $1.000.000
- Transferencias por medio de billeteras virtuales que superadores a $2.000.000.
Cuál es la documentación que exige Arca
En caso de de ser reportado ante Arca, al usuario se le podrá solicitar:
- Tickets de compra y venta.
- Facturación de los últimos meses.
- Constancia del monotributo.
- Justificación de la venta de acciones o empresas.
- Recibos de sueldo o comprobantes de haberes jubilatorios.
- Constancia del monotributo.
¿Cuáles son las cuentas que podrán ser suspendidas?
Arca y el Banco Central informaron que restringirán los medios de pagos de los usuarios y comercios cuyos CUITs formen parte de la lista de "no confiables".
En esta lista se encuentran las cuentas que por algún motivo presentan irregularidades en sus operaciones. Entre los principales motivos se incluyen:
- Inconsistencias tributarias.
- Falta de documentación respaldatoria.
- Imposibilidad de verificar la legitimidad de las operaciones.
Quienes cumplan con alguno de aquellos motivos podrían ver sus cuentas bancarias, tarjetas de crédito, de debito, sistema de prepagos, billeteras virtuales y pagos con QR suspendidos.
Deben tener especial atención los comercios , ya que si se los considera “no confiables” pueden ser suspendidos en su acceso a terminales de cobro como los posnet, y no tendrán la posibilidad de recibir pagos.
¿Qué hacer si mi cuenta fue suspendida?
Aquellos usuarios o comercios que por algún motivo estén incluidos en la lista de “no confiables”, podrán revertir esta situación siguiendo una serie de pasos:
- Ingresar a la página oficial de Arca.
- Dirigirse a "Estado administrativo de CUIT: Reactivación presencial".
- Realizar la presentación digital del descargo.
- El fisco analizará el caso.
- Esperar la respuesta del Arca que se comunicará con el contribuyente a través del domicilio fiscal electrónico.
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