En el cuarto mes del año, un grupo de empleadas domésticas podrá percibir un aumento en sus remuneraciones. Mientras esperan un aumento en sus salarios, las trabajadoras que cumplan con ciertos requisitos cobrarán sumas extras en abril.
A partir del articulo 181 de la Ley de Contrato de Trabajo, las empleadas domésticas que cumplan con ciertos requisitos cobrarán plus en abril
En los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical para las empleadas domésticas
En el cuarto mes del año, un grupo de empleadas domésticas podrá percibir un aumento en sus remuneraciones. Mientras esperan un aumento en sus salarios, las trabajadoras que cumplan con ciertos requisitos cobrarán sumas extras en abril.
Teniendo en cuenta el artículo 181 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), las empleadas domésticas que hayan trabajado en uno de los tres feriados de marzo podrán cobrar hasta tres montos dobles del ordinario en abril. Es decir que las trabajadoras que el lunes 3 de marzo, el martes 4 de marzo (feriado por carnaval) o el próximo lunes 24 de marzo (feriado por Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia), trabajen o hayan trabajado, verán aumentos en sus salarios según las horas extras
Cabe aclarar que no es lo mismo un día no laborable que un feriado nacional. Si se trata de un día no laborable, queda en manos del empleador decidir si se da o no el asueto. En caso de convocar a la empleada, estas percibirán el salario simple.
Pero en el caso de que el empleado sea obligado a trabajar en un feriado nacional el empleador deberá pagar el doble por esa jornada.
Es decir que en los días feriados nacionales las empleadas domésticas percibirán el salario normalmente sin ir a trabajar. Ahora bien, en caso de que alguno de los tres feriados de marzo la empleada haya trabajado, el empleador le debe recompensar con un 100 % más de la remuneración habitual. Para los empleadas domésticas que cobran por hora rige la misma ley.
Los sueldos de las empleadas domésticas bajo relación de dependencia de carácter mensual que hayan trabajado en alguno de los feriados de marzo, estará definido por el valor de las horas, actualizadas en marzo de 2025.
Supervisora:
Personal para tareas específicas
Caseros:
Asistencia y cuidado de personas:
Personal para tareas generales:
- Abril: 2 de abril (Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas), 18 de abril (Viernes Santo).
- SI bien no es un feriado, el 3 de abril se celebra en Argentina el "Día del Personal de Casas Particulares" (empleadas domésticas) que un día no laborable sin pérdida de remuneración, y si se trabaja se debe pagar el doble.
- Mayo: 1 de mayo (Día del Trabajador), 25 de mayo (Día de la Revolución de Mayo).
- Junio: 20 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano).
- Julio: 9 de julio (Día de la Independencia).
- Diciembre: 8 de diciembre (Día de la Inmaculada Concepción de María), 25 de diciembre (Navidad).
- Junio: 16 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes), trasladado del 17 de junio.
- Agosto: 17 de agosto (Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín).
- Octubre: 12 de octubre (Día del Respeto a la Diversidad Cultural).
- Noviembre: 24 de noviembre (Día de la Soberanía Nacional), trasladado del 20 de noviembre.
Por Gonzalo Santamaría
Por Gala Décima Kozameh