"Los jueces tienen que ser cada vez mas creativos para sancionar a deudores de alimentos", dice María Noel Campá, presidenta del Instituto de Derecho de Familia del Colegio de Abogados. La reflexión la dispara el reciente fallo de la justicia rosarina que ordenó bloquear las redes sociales de un padre que se negaba a abonar la cuota alimentaria de sus hijos, de 9 y 7 años. La profesional aseguró también que las causas por alimentos crecieron en forma "notable" este último año y consideró que debería considerarse como un delito grave.
El aumento de las causas por alimentos en los tribunales de familia se correlaciona en forma directa con la crisis económica y la disparada inflacionaria de este último año.
Según datos del Indec, para garantizar el crecimiento de un niño de entre 6 y 12 años se necesitaron en octubre pasado 479.723 pesos. En el décimo mes de 2023, la misma canasta de crianza valorada por el organismo nacional marcaba 187.057 pesos. Es decir, ahora el valor es dos veces y medio más.
"En épocas de inflación, o desfasaje de precios, crece todo lo que tenga que ver con reclamos de alimentos", explica Campá y afirma que "lamentablemente" es muy poco lo que se puede hacer para que los progenitores que no conviven con los hijos menores cumplan con la obligación de sostener su cuidado.
"Si bien el Código Civil nos da herramientas (entre ellas, el Registro de Deudores Alimentarios), los jueces tiene que innovar todo el tiempo ante las sanciones por incumplimiento", explica la profesional y advierte que, a casi 40 años de la sanción de la ley de divorcio, aún cuesta que se entienda que las cuotas alimentarias son para los hijos y no para sostener el nivel de vida de las madres.
Todavía se confunde, "se entiende que se está dando el dinero a la mamá para sostener sus gastos, en lugar de mantener a sus hijos", señala.
Correr detrás de la cuota
El incumplimiento de la obligación alimentaria por parte de progenitores constituye una vulneración a los derechos de niños, adolescentes y jóvenes. Campá destaca que "con esta inflación monstruosa, lo que sucede es que la mayoría de las cuotas alimentarias quedaron desactualizadas y es difícil tener un índice de actualización porque los alimentos y las cuotas de los colegios o de los clubes crecieron de tal forma que quedaron desfasados. Lo salarios también sufrieron un retraso, así que a veces hay voluntad de cumplimiento se hace difícil".
La profesional destaca que, tras la disolución de las parejas, en su gran mayoría son las mujeres quienes quedan a cargo del cuidado de sus hijos, por lo cual el incumplimiento en los pagos implica una forma de violencia económica y simbólica directa ejercida contra las madres, quienes se hacen cargo de las tareas de cuidado con mucha mayor carga horaria y de responsabilidades.
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"Cuando no existen estos problemas económicos, no se reclama tanto. Quien está al cuidado de sus hijos sacrifica su bienestar o su mejor pasar para evitar iniciar una demanda. Pero la realidad es que actualmente se reclama porque se necesita el dinero para cubrir las necesidades básicas de los hijos", apunta la abogada.
Y advierte que la negativa a pasar alimentos o el atraso en las cuotas "es una realidad que se ve mucho más en progenitores de altos ingresos". Por ejemplo, comenta, que desde que se incluyó la prohibición de salir del país como una sanción a los incumplidores, resulta frecuente que sobre fin de año se acerquen a acordar planes de pago para poder pasar sus vacaciones en el exterior.
El registro de deudores
En 2006, la Corte Suprema de Justicia de la provincia puso en funcionamiento el Registro de Deudores Alimentarios Morosos. Los magistrados pueden solicitar la inscripción en esa nómina de las personas que incumplen total o parcialmente, en tres oportunidades consecutivas o cinco alternadas dentro de los dos años, con la obligación alimentaria pactada en un acuerdo homologado por un juez o por una sentencia judicial.
Figurar en el registro impide, entre otras cosas, renovar el carné de conducir, ser proveedor del Estado, formar sociedades o ingresar a estadios de fútbol.
Campá señala que el registro "funciona muy bien" y que cada vez son más los organismos que piden el informe del registro antes de autorizar trámites. "De todas formas, son necesarias otras herramientas que posibiliten con más celeridad el cumplimiento de las cuotas, sobre todo en este momento" donde la conflictividad está en aumento, indica.
"Deberíamos contar con algún tipo de legislación que tenga sanciones más fuertes ante el incumplimiento, que lleven al incumplidor a pensar dos veces antes de incumplir con las cuotas o agilizar los procesos penales para que los efectos sean inmediatos. Recibir la cuota alimentaria es un derecho de los menores e incumplir con eso debería ser un delito grave", suma.
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Los acuerdos de alimentos, apunta, "abarcan cuestiones básicas de subsistencia de los chicos; sostener las necesidades de salud, educación y esparcimiento que se requieren para el desarrollo integral del niño. Actualmente hay chicos que se van a dormir sin comer y madres que salen a hacer malabares para conseguir el sustento diario; mientras el otro progenitor descansa sabiendo que hay otra persona que lo está cubriendo".
Un caso inédito
Este martes se hizo público un fallo, inédito para la Justicia local, que impuso el bloque de las redes sociales del padre de dos menores por incumplimiento en el pago de alimentos. Además de imponerle a un padre deudor distintas sanciones como inhibición de bienes y prohibiciones de asistencia a espectáculos deportivos y de renovación de licencia de conducir, la jueza Gabriela Topino dispuso el bloqueo de las redes sociales para que el padre "destine su tiempo para generar los ingresos que permitan satisfacer las necesidades de sus hijos”.
El demandado ya tenía una sentencia firma que lo condenaba a abonar el 50% de alimentos que su pareja había afrontado. La medida se hacia extensiva al abuelo de los niños.