La Defensoría de Niñas, Niños y Adolescentes provincial publicó en redes sociales una serie de recomendaciones que deben tener en cuenta los chicos si los para la policía en la vía pública. El posteo se dio a conocer luego de la polémica que se desató cuando un estudiante de la Escuela Gurruchaga fue interceptado por dos agentes policiales para pedirle el DNI. Le dijeron que debía tenerlo siempre sino podían llevarlo por averiguación de antecedentes. Este jueves desde el Ministerio de Justicia y Seguridad provincial defendieron el procedimiento y destacaron que este tipo de operativos ayudaron a reducir los arrebatos en la zona de la escuela.
"Niñas, niños y adolescentes son sujetos de derechos y como tal es fundamental que se respeten los procedimientos básicos que implican la convivencia democrática en el marco de un estado de derecho", señalaron desde la Defensoría.
Recordaron que según establecen los tratados internacionales niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la libertad de asociación, de celebrar reuniones pacíficas y a la libre circulación, por lo que "no se impondrán restricciones al ejercicio de estos derechos, en función de la seguridad nacional o pública, el orden público, la protección de la salud y la moral públicas o la protección de los derechos y libertades de los demás”.
Recomendaciones de la Defensoría
- Si sos menor de 18 años solo pueden detenerte si estás cometiendo un delito o con orden de autoridad competente.
- No pueden demorarte por averiguación de antecedentes ni por circular sin DNI. La identificación nunca implica la toma de fotografías.
- Si sos una chica debe intervenir personal policial femenino.
- Si detienen a un amigo/a llamá a un familiar o adulto de confianza para informarle del hecho.
Para asesoramiento, desde la Defensoría de la Niñez proponen llamar a la Secretaría de Derechos Humanos de Santa Fe, a la (0800-555-3348), la Defensoría de Niñas, Niños y Adolescentes (0341) 4721587/88/89 y 156-914345 y (0342) 154-494569 o al Ministerio de Seguridad provincial (0800-4443583).
Qué pasó en inmediaciones de la Gurruchaga
La comunidad educativa del Complejo Gurruchaga expresó esta semana su preocupación por un operativo policial llevado a cabo este martes en inmediaciones de la escuela. Según trascendió, agentes de la policía pidieron el DNI a adolescentes para identificarlos. Uno de los alumnos no encontraba su identificación y le dijeron que debía tenerla siempre sino lo podían llevar para averiguación de antecedentes. La mamá del chico analizó: "Una cosa es el patrullaje y otra el amedrentamiento".
Según planteó el Servicio Público de la Defensa Penal, las detenciones “sistemáticas” de personas que circulan sin identificación se profundizaron tras la reforma al Código Procesal Penal aprobada por la Legislatura provincial en abril pasado. Entonces se retocó el artículo 10 bis de la Ley Orgánica de la Policía que habilita “excepcionalmente” a la fuerza a demorar personas “cuando hubiese sospecha o indicios ciertos” de que pudieran estar relacionados con un delito. A esa facultad, se añadió como causal la “resistencia a ser identificado en la vía pública”.
Desde el Colegio de Abogados de Rosario señalaron este jueves que "no existe la obligación de un ciudadano de transitar con su documento", pero que si la policía lo requiere, la fuerza de seguridad "tiene las herramientas necesarias para identificar a través de ciertos datos que una persona debe entregarle".
Qué dice la ley
Lo cierto es que no existe una ley que obligue a los ciudadanos argentinos a portar su DNI en la vía pública. En ese sentido, no implica una sospecha en sí misma que una persona no lleve su documento encima.
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Pero actualmente todas las provincias de la Argentina, con excepción de La Rioja, tienen en sus legislaciones la posibilidad de detener a los ciudadanos para averiguar la identidad o los antecedentes.
En Santa Fe, la ley 7.395 que fue promulgada en 1975 permite la detención para averiguar la identidad de las personas, que en la provincia es por un máximo de 6 horas.
¿Qué puede y que no puede hacer la policía?
Desde la Defensa Penal indican que la policía no puede detener o restringir la libertad de una persona si no es por orden de una autoridad competente como ser un fiscal. Solo cuando hubiere sospecha o indicios ciertos respecto de personas que pudieran relacionarse con la preparación o comisión de un delito, podrán ser demorados en el lugar o en dependencia policial hasta tanto se constato su identidad.
Si no hay sospechas o indicios ciertos respecto a la preparación o comisión de un delito, no hay razón para que una persona esté demorada. La condición de "demorado" implica que la persona no puede estar en un calabozo junto a otros que sí cometieron delitos o contravenciones.
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También destacan que nadie puede quedar incomunicado. Una persona demorada tiene derecho a hacer una llamada telefónica y acceder a una copia del acta que labren las autoridades.