La constitución formal de una empresa es uno de los pasos más cruciales en el camino del emprendedor. Es el salto fundamental que lleva al proyecto a consolidarse como un negocio en crecimiento, luego de que transcendió su etapa inicial. En este punto surge la necesidad de determinar la mejor estructura legal que respalde las operaciones y objetivos.
La elección del tipo de sociedades que se pueden conformar tiene un impacto directo en su organización interna, el acceso al capital y en la carga tributaria. Por ejemplo, en el caso de las empresas familiares, ellos deben considerar estructuras que permitan definir roles en la gestión, mientras que las startups suelen priorizar formas jurídicas que faciliten la entrada de inversores y la escalabilidad del negocio. Los negocios individuales, donde una sola persona está al frente del emprendimiento, pueden constituirse en formas más flexibles que le permitan adaptarse a cambios en el futuro.
En Argentina existen diversas figuras jurídicas que un emprendedor puede considerar a la hora de dar ese salto de crecimiento en su emprendimiento. Sin embargo, cada caso tiene sus particularidades y es importante poder evaluar cuidadosamente las alternativas disponibles para garantizar un crecimiento sostenible de la nueva empresa. Fernanda Fernández Mileti es abogada y contadora pública, especializada en derecho tributario y consultora certificada de empresas familiares. Sobre este tema, la profesional destaca un primer punto fundamental a la hora de definir el camino a seguir: “La gente suele preocuparse mucho más por los impuestos que va a pagar, como IVA o ganancias, que por la figura jurídica que va a conformar. Y esa figura debe elegirse en base al grado de complejidad que tienen las relaciones de las personas que la irán a conformar y no con la actividad que va a desarrollarse”.
Para Fernández Mileti el punto inicial de todo emprendedor debe ser, justamente, el vínculo de confianza que tiene con los que participan del proyecto: “La persona con la que uno lleva adelante la empresa tiene que ser de confianza y compartir los mismos valores, visión, misión y objetivos del negocio. Eso da la dirección”, explica y agrega: “La gente empieza de una manera informal, sin tener consciencia de la sociedad que van a conformar ante cualquier inconveniente. Si en ese contrato o forma jurídica no están los puntos en común a futuro, después se complica la organización”.
Las formas jurídicas una a una
Entre las figuras más comunes que un emprendedor puede considerar para constituir su empresa, la Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL) puede ser la más práctica para empezar: “Para un emprendedor, empezar con una SRL está bien. No necesita una complejidad mayor, como la de una Sociedad Anónima (SA), además tiene menos costos administrativos”, opina Fernández Mileti. Una de las características principales de las SRL es que al ser una sociedad de personas, protegen el patrimonio personal de los socios al restringir la responsabilidad únicamente al capital aportado. Además, este tipo de sociedad “no tiene obligación de llevar balances o estados contables”, según explica la abogada.
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Fernanda Fernández Mileti es abogada y contadora, especializada en derecho tributario y consultora certificada de empresas familiares.
Foto: Cecilia Córdoba (gentileza)
Para proyectos de mayor envergadura o complejidad, la figura más adecuada suele ser la Sociedad Anónima (SA) ya que permite dividir el capital en acciones: “Las SA tienen el capital constituido por un título valor que son las acciones, eso tiene como ventaja que pueden cotizar, por ejemplo, eventualmente en la bolsa bajo ciertos requerimientos”, explica. A su vez son más fáciles a la hora de la transferencia de propiedad y también limitan la responsabilidad al monto invertido.
¿Y qué sucede cuando el proyecto es de una persona? Para esos casos también existe la Sociedad Anónima Unipersonal (SAU) donde hay un socio único que es responsable de todas las deudas, costes y beneficios de la empresa. Sobre esta figura, Fernández Mileti comenta: “Antes de la reforma de la Ley General de Sociedades en el año 2015 no se hablaba de lo que son sociedades unipersonales, se las refería como emprendimientos unipersonales. Ahora se les puede dar una forma jurídica limitando la responsabilidad que tiene esa persona frente a terceros en función del patrimonio que está destinado para la realización del negocio”.
Por último, se encuentra la Sociedad por Acciones Simplificada (SAS), que cuenta con elementos de la SRL y la SA. También pueden ser unipersonales y tiene cualidades flexibles: “Es una sociedad muy versátil. Para mí es una figura sumamente interesante porque da muchísima cantidad de posibilidades. De hecho, se habla de las SAS como un traje a medida porque podés adecuarla a tus necesidades”, recomienda la abogada y contadora rosarina. Otro dato es que, a diferencia de las anteriores que están reguladas por la Ley General de Sociedades, la SAS se encuentra bajo la ley 27.349, también conocida como Ley de Emprendedores. Sobre esto, la web de argentina.gob.ar, refiere a las SAS como una sociedad "para promover el desarrollo de las empresas y emprendimientos, de inversiones locales y extranjeras". A fines prácticos, se menciona que se puede registrar en 72 horas y de la mano de trámites más simples.
Cada una de estas opciones responde a necesidades y objetivos distintos, por lo que ya sean proyectos unipersonales, con socios amigos o familiares, en cada caso es esencial analizarlas cuidadosamente antes de tomar una decisión, pero siempre será clave conformarlas para un crecimiento cuidado y regulado.