Ariel Máximo “Guille” Cantero sumó una condena a 19 años de cárcel por narcotráfico agravado por el manejo de un puesto de venta de drogas en Arroyo Seco en el marco de una causa en la que fue absuelto por el beneficio de la duda de otra acusación por secuestro extorsivo.
El fallo del Tribunal Oral Federal 3 de Rosario unifica esta pena con otras anteriores en 48 años de cárcel para el líder de Los Monos, que de esta manera acumulará condenas por más de cien años de cárcel
En el mismo juicio fueron condenadas otras doce personas por tráfico de estupefacientes. Entre éstas están Leandro “Pollo” Vinardi, también absuelto del delito de secuestro, y Nicolás “Pupito” Avalle, que fue sentenciado por ambos delitos.
Los fundamentos de la resolución de los jueces Osvaldo Alberto Facciano, Mario Jorge Gambacorta y Eugenio Jorge Martinez Ferrer se darán a conocer el próximo 23 de diciembre.
Secuestro
Esta nueva condena contra el líder de Los Monos se decantó de la investigación de un secuestro extorsivo ocurrido el 23 de julio de 2021 muy cerca de un puesto de venta de drogas de Baigorria al 600 de Arroyo Seco. Según la resolución del procesamiento oportunamente dictado por el juez federal Carlos Vera Barros ese día dos jóvenes, identificados como Franco M. y Diego L., habían ido hasta allí para comprar marihuana cuando se toparon con un hombre uniformado que se bajó de un Chevrolet Astra, dijo ser policía y junto con otra persona obligaron a Franco a subir al vehículo luego de golpearlo en la cabeza.
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La víctima escuchó durante el trayecto la voz de un dispositivo de GPS que indicaban un lugar preciso al que se dirigían en la ruta 255. El joven estuvo cautivo unas dos horas durante las cuales se realizaron distintas llamadas extorsivas con sus familiares. Según la investigación, la madre del muchacho fue contactada por Whatsapp y ésta derivó los mensajes al padre, que se encargó de negociar con los captores que inicialmente le pidieron 100 mil dólares para liberar a su hijo.
El hombre convenció a los delincuentes que no contaba con esa suma y arregló un pago de 10 mil dólares y algunas joyas que entregó cerca de un lugar conocido como Puente Cargill, cerca del cruce Magallanes y el río Paraná, en Villa Gobernador Gálvez.
Una vez cobrado el rescate los captores soltaron a Franco en Soldado Aguirre y Bomberos Voluntarios de esa misma ciudad pero antes le pegaron golpes de puño y con elementos contundentes como un arma de fuego, lo cual le provocó excoriaciones múltiples, una fractura en el radio de la mano derecha, otra en el codo izquierdo y una lesión en el dedo índice de la mano izquierda por las cuales debieron operarlo. Esas agresiones agravaron la acusación por secuestro.
Durante la investigación de los fiscales Claudio Kishimoto y Diego Iglesias se supo que Franco había visto el auto en el que lo secuestraron estacionado frente al búnker al que se dirigía, lo cual hizo presumir que sus captores lo estaban esperando. Y en ese sentido se estableció que la única persona que sabía que él iría a comprar droga era Virginia Rocío Malvestitti, la novia de Pablo Pascua, con quien se había comunicado previamente. Eso alumbró la hipótesis de que el secuestro podía estar relacionado con la venta de drogas que la pareja regenteaba en ese lugar.
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A ese panorama se agregó otro dato como una visita que un mes antes había hecho Malvestitti a Pupito Avalle en la cárcel de Piñero. Esa información permitió establecer que la pareja que manejaba el búnker tenía una deuda con Avalle originada a partir de un allanamiento en el que habían secuestrado droga provista por Pupito, una suerte de gerente de Los Monos en Villa Gobernador Gálvez.
Los investigadores llegaron así a la idea de que el secuestro había sido planificado para recuperar ese dinero y saldar la deuda. Esa línea terminó involucrando en la maniobra a Guille Cantero y otro importante ladero suyos como el Pollo Vinardi.
Procesados
En ese marco el juez Vera Barros procesó incluyó a Cantero y Vinardi entre los procesados como coautores de “secuestro extorsivo agravado por haberse cobrado el rescate exigido, por haberle causado a la víctima lesiones graves y por la participación de tres o más personas”.
Pero la investigación del secuestro estableció que ese grupo se dedicaba a la venta de drogas de manera regular por lo cual, luego de un tiempo destinado a acumular más evidencia en ese sentido, el juez les endilgó además a los procesados el delito de “comercio de drogas agravado por servirse de menores de 18 años, cometido con violencia e intimidación y por la participación de tres o más personas”.
“Con el correr de la investigación y con el resultado de las medidas oportunamente dispuestas se logró establecer que el hecho delictivo (en alusión al secuestro) que dio origen a éstos no fue un accionar aislado, sino llevado adelante por los miembros de una organización criminal estructurada dedicada al tráfico de estupefacientes”, sostenía la resolución de Vera Barros.
Condenas
En ese marco, luego del juicio oral contra la organización en el que se acumularon varias causas, el Tribunal Oral Federal 3 de Rosario condenó a Guille Cantero a 19 años de cárcel como “organizador del tráfico de estupefacientes, en la modalidad de comercio, agravado por haberse cometido con violencia y con la intervención de tres o más personas de forma organizada en carácter de coautor”. Sin embargo fue absuelto por el beneficio de la duda de las imputaciones por el secuestro extorsivo.
La pena fue unificada con otras cuatro condenas anteriores —dos a 15 años de cárcel, otra a diez y la restante a siete— ligadas a la venta de drogas en una pena única a 48 años de prisión. Además mantuvieron una declaración de reincidencia oportunamente dictada en una de esas causas.
Vinardi también fue absuelto de la acusación por secuestro, pero lo sentenciaron a 14 años como organizador del delito de tráfico de estupefacientes. En su caso la pena se unificó con una condena anterior a 13 años en 19 años de cárcel. La misma suerte corrió Axel Vilches, absuelto por el secuestro y condenado a ocho años por narcotráfico, pena que se unifica con otra anterior en diez años de cárcel.
Otras dos personas condenadas a seis años de cárcel solo por el tráfico de drogas, en calidad de partícipes secundarias, fueron Sabrina Ivana Barría y Marina Liliana Núñez, quienes no habían sido acusadas por el secuestro.
En tanto, los otros acusados fueron condenados tanto por el secuestro extorsivo como por la venta de drogas. Pupito Avalle recibió una pena de 14 años que se unifica con lo que le resta cumplir de otra anterior en 16 años. También fue condenado por ambos delitos Jonatan Leonardo Lencina a 12 años y medio; Pablo Pascua (12 años que se unifican en 14 años y seis meses), Mayra Belén Mansilla (once años y medio), Gregorio Agustin Núñez (once años de cárcel), Virginia Malvestitti (diez años) y Laureano Espeche Aznarez y Alexander Daniel Alcaraz, ambos penados con diez años y seis meses de cárcel.
En la misma resolución los jueces establecieron el próximo 27 de diciembre como fecha para una audiencia relacionada con acuerdos de juicio abreviado para otros involucrados en la causa entre quienes se encuentran otros sindicados como jefes de células que en algún momento tributaron para Los Monos, como Jeremías Mac Caddon y Pablo Nicolás Camino.