Aunque el Código Penal establece una severa condena en los casos de homicidio calificado por el vínculo, por una serie de atenuantes relacionados al contexto de vulnerabilidad social enlazados a su prematura maternidad, una joven de 21 años acusada de matar a golpes a su pequeña hija de dos años fue condenada ayer a 15 años de prisión efectiva en un juicio abreviado.
La muerte de la pequeña Leila Flores, el 26 de junio de 2015, conmovió a los rosarinos. Como en la mayoría de esas situaciones, ocurrió en un contexto de vulnerabilidad dentro de una casita humilde ubicada en Pago de Los Arroyos al 6500, límite sur de Rosario sobre la franja este de barrio Las Flores.
El hecho trascendió cuando Tamara García., en ese entonces de 18 años, llegó con Leila en brazos a la guardia del Hospital Roque Sáenz Peña. La criatura presentaba lesiones y traumatismos graves en todo el cuerpo y ya había fallecido.
La joven relató que la nena había sido golpeada por su pareja, Elio N., un chico de 17 años con el que convivía. Sin embargo, y ante las denuncias por malos tratos que había sufrido la niña y dudas sobre la mecánica del hecho, el ex fiscal Pablo Pinto ordenó que la pareja quedara detenida.
Como Elio N. era menor se le dio intervención a la jueza María del Carmen Musa, que instruyó paralelamente la causa ante la supuesta coautoría. Pero hace pocos meses el joven quedó desvinculado del caso.
El acuerdo
La investigación penal prosiguió respecto de Tamara. Luego de tres años ayer se convocó a una audiencia en la cual el fiscal Sebastián Narvaja presentó un acuerdo de condena en juicio abreviado. Con el consentimiento de la defensora oficial Marisel Palais y de la propia acusada, el Tribunal integrado por los jueces Silvia Castelli, Hernán Postma y Juan Andrés Donnola garantizaron que se cumplan los requisitos.
Postma dio a conocer los puntos del acuerdo y la modificación del encuadre legal del hecho según lo planteó el fiscal, cuya acusación se sustentó en evidencia que demuestra que "Tamara y su pareja propinaban golpes a Leila desde un tiempo considerable, además de maltratarla".
También le imputaron "descuidos en alimentación, higiene y salud". Hasta que llegó el fatídico 26 de junio cuando la golpearon "en forma conjunta en la cabeza con la intención de causarle la muerte, generándole un estado de inconsciencia".
Incapacidades
El magistrado dio a conocer la recalificación del hecho en base a informes y pericias que demostraban "cierta incapacidad de Tamara de desempeñarse en el rol de madre", lo cual le impedía "asumir responsabilidades propias de tal condición y una parcial incapacidad para internalizar valores, generar vínculos y otorgar a la niña el trato debido". Y encuadró la conducta como homicidio calificado por el vínculo y por la participación de un menor de edad, en calidad de coautora, pero "atenuada por la concurrencia de circunstancias extraordinarias".
La imputada sólo habló para dar su consentimiento verbal al acuerdo, que también contó con el aval del padre de la víctima. El joven estuvo presente en la sala acompañado por abogadas del Centro de Asistencia Judicial (CAJ) de la provincia.
Atenuación
Luego el fiscal hizo referencia a la doctrina que analiza las circunstancias de "atenuación extraordinaria", las cuales pueden ser "de antigua data", y resultan la "contracara" del agravante", explicó Narvaja.
"Los informes psicológicos, de Salud Mental y testimonios de familiares dan cuenta que García no ha podido en ningún momento terminar de configurar ese rol y ese vínculo de protección que implica la maternidad. Eso se agrava por la edad de la imputada al momento de tener a su hija, los 16 años", describió.
Como una realidad que golpea y modifica la vida de los adolescentes, recordó que a esa "interrupción subrepticia del proceso de la niñez a la adolescencia" se sumó la "situación de vulnerabilidad social, educativa y económica, y el consumo de estupefacientes de larga data".
La Fiscalía consideró que esa conjunción "generó un entorno en el marco del cual consideró más adecuado mirar la situación de vulnerabilidad especial, y no desde el rigor que impone el Código Penal".
Luego de que la defensora Palais adhiriera a los argumentos, la calificación y el monto de la pena, Postma declaró procedente el acuerdo e indicó que correspondía la aplicación de las circunstancias de atenuación. Y tras consultar con su colegas dictó la sentencia de 15 años de prisión para Tamara García.