El llamado al 911 describía una transacción con drogas en una cuadra de barrio Alberdi. Sin más elementos que ese dato anónimo, policías de calle fueron hasta el lugar, irrumpieron en un pasillo, entraron en una casa sin orden judicial y detuvieron a un menor de edad acusado de entregarle a una mujer 61 bolsitas que supuestamente contenían cocaína para la venta. Cinco meses después, una jueza de Menores anuló el procedimiento policial y libró de cargos al adolescente al advertir serias irregularidades en el procedimiento policial, que no fue filmado y se realizó sin presencia de testigos.
La resolución vuelve a poner sobre la lupa las atribuciones que otorga a la policía santafesina la ley de microtráfico, aprobada hace un año, que delegó en la provincia la facultad de intervenir en situaciones de compraventa deo droga fraccionada. Un nuevo campo de actuación que no está a salvo de viejas mañas de corrupción institucional. Un policía que intervino en el procedimiento anulado había participado de un allanamiento con cuatro detenidos en el barrio República de la Sexta cuestionado días atrás por la Cámara Penal.
El operativo que anuló este lunes la jueza de Menores María del Carmen Musa fue el 21 de julio pasado a las 11 de la mañana. No fue filmado y no hubo testigos del secuestro. “La preventora pretende de los jueces que confiemos en el relato que nos brinda sin otro respaldo que la firma de los uniformados que actuaron. Expectativa tan sobrevalorada como inaudita”, planteó en su resolución.
Según consignó el acta policial, ese domingo al mediodía un llamado a la central 911 dio a conocer que en una casa de Rivera al 1200 —una cortada que desemboca en la vía—, un hombre le había entregado a una mujer una bolsa con estupefacientes y los estaban comercializando. Policías de la Brigada Motorizada fueron hasta el lugar. Los efectivos detuvieron a una mujer y a su hijo, un chico de 16 años al que corrieron hasta alcanzarlo cerca de las vías. Secuestraron un estuche con 61 bolsas con polvo blanco que sería cocaína.
Por un lado se abrió una causa en el Ministerio Público de la Acusación en la que fue imputada la mujer, aún detenida y con una apelación en curso, y por otro un proceso en el juzgado de Menores a cargo de Musa. En adolescente fue acusado de la “entrega, suministro, aplicación o facilitamiento a otros de estupefacientes a título oneroso”. Sus familiares son pescadores que atienden un puesto en la costanera. Estuvo cuatro meses en prisión domiciliaria en la casa de su abuela.
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El planteo
En un planteo de nulidad, los defensores Rafael Tamous y Agustín Carbone solicitaron que se invalide el procedimiento policial, lo que vuelve ineficaces las evidencias posteriores y hace caer el proceso. Resaltaron que el suboficial que intervino en el operativo lo hizo sin orden, justificando su accionar en habría una persona armada en la vivienda sin un testimonio que advirtiera tal cosa. “El ingreso fue sin orden de ninguna autoridad, sin filmarse el procedimiento y sin presencia de testigo alguno que acredite el secuestro”, plantearon.
Recién a las 14.38, según consta en el acta, los efectivos dieron aviso a la Fiscalía. Esto revela que “estuvieron durante tres horas en ese domicilio” sin supervisión judicial. Como testigos de actuación fueron convocados un hombre y una mujer jóvenes a los que les cortaron el paso cuando iban en moto por bulevar Rondeau hacia una fiesta de cumpleaños. La pareja dijo que en ningún momento entraron a la casa allanada ni vieron a las personas detenidas. Fueron trasladados con los elementos secuestrados a la comisaría 10ª, donde les hicieron firmar algunos papeles. Entre ellos el acta.
“Los testigos no presenciaron absolutamente nada de lo que los policías hacen constar en sus escritos, obligándolos a firmar para darles validez a todas esas actuaciones irregulares”, cuestionaron los abogados, para quienes se adulteró la cadena de custodia del material secuestrado. Para los penalistas, el denunciante anónimo “tenía algún interés en la causa” ya que llamó al 911 “con insistencia” y una “profusión de datos que aporta con detalle”.
Operativo sospechado
“Da idea de que el personaje en cuestión fue mandado por otros”, expresaron Tamous y Carbone, para quienes el denunciante funcionó como un “traje a medida” para el suboficial B., quien “casualmente se encontraba a escasas cuadras, logrando ser el primero en arribar y acompañado de una policía femenina con aptitud para requisar” a la mujer apresada. En esa línea, pasaron lista de procedimientos previos del policía motorizado, es decir no asignado a tareas de investigación sino de calle: en las dos semanas previas había demorado o detenido a al menos cuatro allegados al menor, además de participar en allanamientos y secuestros en el mismo barrio.
“Sorprende la cantidad de procedimientos llevados a cabo en muy corto tiempo, sin inteligencia previa ni orden alguna”, dijeron los defensores, para quienes “no es justo ni seguro jurídicamente dejar en manos de la preventora este tipo de procedimientos express con dos llamados telefónicos y doce gramos de cocaína”. Un riesgo sobre las libertades personales al que, señalaron, está expuesto “cualquier rosarino”.
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La asesora de Menores Brenda Coassolo adhirió al planteo: consideró que debían anularse el acta de procedimiento y todos los actos realizados por el personal policial. Remarcó además el “estado de vulnerabilidad” del chico acusado, “víctima de un procedimiento policial a todas luces irregular ya que no se han tomado los recaudos imprescindibles”.
Al resolver el planteo, la jueza encontró en el operativo irregularidades “insalvables”. “Sin adentrarme en las conjeturas de la defensa técnica en torno al modus operandi de la fuerza policial en pos del supuesto aseguramiento de un provecho, me basta con tomar en cuenta la ausencia de registro fílmico del procedimiento como la de testigos ajenos al personal policial para establecer la imposibilidad de llevar a cabo la pericia química”, consideró. Una prueba imprescindible para acusar en este tipo de delitos.
“No puede aseverarse de ningún modo que la sustancia a peritar haya sido efectivamente hallada en el interior de la finca de calle Rivera 1200 de esta ciudad”, indicó, además de resaltar que los testigos “fueron puestas a custodiar un paquete que no saben de dónde salió”.
“Tuvieron los efectivos tiempo y recursos para actuar un procedimiento decente —siguió Musa—. No lo hicieron. No puede recaer en el ciudadano de a pie tamaña “desprolijidad”. Menos aún, si esa persona es un niño". Al deslegitimar la actuación matriz pierde efecto lo que de ella se desprende. . Por eso hizo cesar "anticipadamente" el proceso, invalidó el acta policial y sobreseyó al adolescente.
Precedente
El mismo policía objetado por los defensores del adolescente había participado de un operativo de la Brigada Motorizada en el barrio República de la Sexta cuestionado la semana pasada por el juez de la Cámara Penal Alfredo Ivaldi Artacho. En esa ocasión la policía reportó el hallazgo de casi 200 dosis de cocaína en un pasillo de Pasco al 200 bis al que los efectivos ingresaron alegando una situación de flagrancia, sin orden de allanamiento.
Los detenidos, tres hombres y una mujer, quedaron en prisión preventiva y sus abogados apelaron ante la Cámara Penal. Si bien no dictó invalidaciones —algo que no era propio de esa instancia—, el juez descalificó el procedimiento policial porque los policías ingresaron al pasillo sin orden de allanamiento y sin estar amparados en ninguna de las hipótesis avaladas por ley. Al considerarse ese ingreso ilegítimo, el resto de las pruebas se suponen viciadas. Por eso dispuso la libertad de los cuatro acusados.